Empresas Turísticas Ayudas para proyectos de eficiencia energética y economía circular

Estimado cliente;


Recientemente se ha aprobado esta ayuda para financiación a empresas de alojamientos turísticos con proyectos que permitan adoptar medidas para reducir el consumo de energía, introducir sistemas de gestión energética y tecnologías más eficientes así como para fomentar el uso de energías renovables en sus instalaciones.

 

Personas beneficiarias:
cualquiera de los sujetos enumerados a continuación:
a) Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada que sean propietarias de edificios existentes destinados a alojamiento turístico.
b) Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios destinados a alojamiento turístico que acrediten dicha condición mediante un contrato vigente que les otorgue la facultad expresa para emprender las obras de reforma objeto de esta ayuda.

 

Tipo de alojamientos:
Esta línea de ayuda va dirigida exclusivamente a los alojamientos turísticos de las siguientes tipologías:

- Establecimientos hoteleros: hoteles, aparthoteles, hostales y pensiones.
- Campings.
- Establecimientos de turismo rural: casas de payés y alojamientos rurales en cualquiera de sus modalidades de masía, masovería, casa de pueblo compartida y casa de pueblo  independiente.
- Apartamentos turísticos.

Las ayudas se destinarán a actuaciones en edificios completos, construidos con anterioridad al 01-01-2007, cuyo uso sea el alojamiento turístico en su totalidad, sin perjuicio de que el edificio disponga de espacios destinados a servicios complementarios al alojamiento. En todo caso, la totalidad de la ayuda recibida se destinará a actuaciones que se ejecuten exclusivamente en el espacio dedicado a alojamiento turístico.

 

En el caso de los establecimientos de turismo rural, se excluyen todas aquellas infraestructuras que no se destinen a alojamiento turístico (explotaciones agropecuarias, etc.).

 

Para poder acceder a las ayudas reguladas en las presentes bases, los edificios destinados a alojamiento turístico deben estar situados en el ámbito territorial de Cataluña.

 

Plazo Solicitudes:
Se  inició el día 17-01-2023 y acabará una vez agotado el presupuesto disponible o, como máximo, el día 31-12-2024, fecha en la que finaliza la vigencia del programa.

 

Actuaciones subvencionables:
Se considera gasto subvencionable aquel que, de forma inequívoca, responde a la naturaleza y la finalidad de la actividad subvencionada, resulta estrictamente necesario y se realiza en el plazo y las condiciones que determinan las respectivas bases reguladoras. El coste de los bienes o servicios subvencionados no podrá superar su valor de mercado.

 

Se considera gasto realizado aquel que haya sido efectivamente pagado antes de finalizar el periodo de justificación determinado en estas bases.

 

Las actuaciones subvencionables están incluidas en las siguientes tipologías y subtipologías:
 
1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
2. Mejora de la eficiencia energética y de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, ventilación y agua caliente sanitaria.
    2.1 Sustitución de energía convencional por energía solar térmica.
    2.2 Sustitución de energía convencional por energía geotérmica.
    2.3 Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.
    2.4 Mejora de la eficiencia energética de los sistemas de generación no incluidos en las subtipologías de 2.1 a 2.3.
    2.5 Mejora de la eficiencia energética de los subsistemas de distribución, regulación, control y emisión de las instalaciones térmicas.
3. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de luz.

 

Periodo de ejecución:
Las actividades se pueden empezar a realizar tras presentar la solicitud, y el plazo máximo para la conclusión de las actuaciones objeto de ayuda es de 12 meses a contar desde la fecha de notificación de la resolución de la concesión de la ayuda.

 

Consultar ampliación plazos en base 2.

 

Cuantía:
El importe de la subvención se establece por un porcentaje de la totalidad del proyecto. Los criterios que se tienen en cuenta para determinar la cuantía de las subvenciones son los costes elegibles, la tipología de actuación a desarrollar y la tipología de la empresa solicitante.

 

Si crees que puedes solicitarla, pídela. En Incrementa no tramitamos esta ayuda.

Más información 

 

Equipo Incrementa

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