Estos son los cambios en las pensiones a partir del 1 de abril

El BOE ha publicado ya el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, que contiene medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones, lo cual entrará en vigor a partir del 1 de abril de 2023.

 

Concretamente se contemplan tres tipos de actuaciones, que son las siguientes:

 

El incremento gradual de la base máxima permite homologar su nivel a los estándares europeos, al tiempo que amplía la masa salarial sujeta a cotización.

Creación de una nueva cotización de solidaridad que grava, de forma gradual y moderada, la masa salarial que supera la base máxima de cotización.

Sustitución del mecanismo automático de recorte de la cuantía inicial de las pensiones, el factor de sostenibilidad, por un instrumento que responde a una lógica diametralmente distinta y que, en lugar de condenar a los más jóvenes a pensiones más modestas, garantizan que el sistema que hoy conocemos va a mantenerse en las próximas décadas a través de la recuperación del Fondo de Reserva.

 

De este modo, a continuación se muestran las más destacadas reformas que incluye el nuevo decreto, unas medidas que se implantarán a partir del 1 de abril de 2023, tal y como recoge Europa Press.

 

Modelo dual para calcular la cuantía de la pensión
La cuantía de la pensión podrá calcularse o con los últimos 25 años cotizados o con 29 años de cotización, de los que se podrán excluir los dos peores, por lo que en la práctica el cómputo en este segundo caso será de 27 años. Esta nueva opción se irá introduciendo de manera progresiva, desde 2027 a 2038, año en el que ya quedarán completamente desplegados los 29 años (menos dos).

 

Hasta 2040 podrá elegirse entre esta opción y los últimos 25 años, mientras que entre 2041 y 2043 la opción de 25 años irá subiendo a razón de seis meses por año, desde 25,5 años en 2040 a 26,5 años en 2043, pudiendo elegirse entre este periodo o los 29 años (menos los dos peores). A partir de 2044 ya no se podrá elegir y la pensión se calculará con 27 años efectivos de cotización (29 años menos los dos peores). De oficio, mientras existan las dos alternativas, la Seguridad Social siempre aplicará la más ventajosa para el trabajador.

 

Cuota de solidaridad
Se establece una cotización para la parte del salario que no cotiza por superar la base máxima de cotización. Esta será del 1% en 2025 e irá aumentando a un ritmo de 0,25 puntos por año hasta llegar al 6% en 2045 (5% a cargo de la empresa y 1% a cargo del trabajador).

 

Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)
La actual sobrecotización del MEI, del 0,6%, subirá hasta el 1,2% en 2029, a un ritmo de una décima por año y con la siguiente distribución: 1% a cargo de la empresa y 0,2% a cargo del trabajador. Esta sobrecuota se mantendrá en el 1,2% de 2030 a 2050 y podrá aumentar de manera automática si el gasto en pensiones sobrepasa el 15% del PIB.

 

Bases máximas
Las bases máximas de cotización subirán anualmente con el IPC más un cuantía fija de 1,2 puntos entre 2024 y 2050. Esto implicará un aumento acumulado del 38% hasta 2050. El Gobierno evaluará cada cinco años en el marco del diálogo social la subida de las bases máximas de cotización y remitirá un informe a la Comisión del Pacto de Toledo.

 

Pensión máxima
Las pensiones máximas se revalorizarán año a año con el IPC anual más un incremento adicional de 0,115 puntos porcentuales acumulativos cada año hasta 2050, lo que supondrá un alza aproximada del 3%. A partir de 2051 y hasta 2065 se producirán incrementos adicionales para que al final del periodo, en 2065, la pensión máxima haya subido de manera acumulada un 20%. A partir de ese año se valorará la conveniencia de alcanzar un incremento total del 30%.

 

Subida de las pensiones mínimas contributivas
Se establece una senda de convergencia de las pensiones mínimas contributivas para asegurar que, desde 2027, no sean inferiores al umbral de la pobreza calculado para un hogar compuesto por dos adultos. Así, tomando como referencia la evolución de la pensión mínima con cónyuge a cargo, irán subiendo entre 2024 y 2027 de manera progresiva, por encima de la revalorización media de las pensiones, por tanto, por encima del IPC.

 

El objetivo es que la pensión mínima de jubilación contributiva con cónyuge a cargo alcance al menos en 2027 los 16.500 euros anuales (1.178,5 euros al mes por catorce pagas), un 22% más que ahora.

 

Mejora de las pensiones no contributivas
Estas crecerán también por encima de la revalorización media de las pensiones, hasta converger en 2027 con el 75% del umbral de la pobreza calculado para un hogar unipersonal.

 

Cobertura de lagunas y brecha de género
La cobertura de lagunas de cotización se mejora para las mujeres y el complemento de la brecha subirá un 10% adicional a su revalorización anual en el bienio 2024-2025.

 

'Fiscalización' de la AIReF
La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) 'fiscalizará' la reforma a fin de que el gasto en pensiones no supere el 15% del PIB. Para ello, publicará y enviará al Gobierno, desde marzo de 2025 y cada tres años, un informe de análisis sobre cómo van evolucionando los ingresos.

 

En caso de que detecte un exceso del gasto en pensiones, se propondrá al Pacto de Toledo medidas para eliminarlo vía aumento de las cotizaciones u otra fórmula alternativa que eleve los ingresos o reduzca el gasto en pensiones o una combinación de ambas.

 

En todo caso, se prevé que, si estas medidas se retrasan en el tiempo, la cotización del MEI aumente para compensar dos décimas partes del exceso estimado por la AIReF a partir del 1 de enero del año siguiente y otras dos décimas partes en cada uno de los años siguientes hasta que se adopten nuevas medidas del mismo impacto o el exceso de gasto sea corregido.

 

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