Jubilarse, siendo autónomo, en 2023

Como cualquier trabajador por cuenta ajena, un autónomo tiene derecho a jubilación. Además, la edad de jubilación de un autónomo es la misma que la estipulada para los trabajadores del régimen general de la Seguridad Social. Asimismo, la prestación que recibe también se le reconoce en los mismos términos y condiciones. Es decir, que en ambos casos se tienen en cuenta los años cotizados y sus bases reguladoras.

 

Sin embargo, en el caso de los trabajadores por cuenta propia influyen una serie de factores y deben cumplirse una serie de requisitos extra. A continuación vamos a ver todos los supuestos en los que un autónomo puede jubilarse y tener pensión, así como las obligaciones que debe cumplir y las condiciones que se les quedan.

 

Cuándo puede jubilarse un autónomo en 2023

Para empezar, un autónomo que quiera acceder a una pensión de jubilación ha de sumar, al menos, 15 años cotizados en este régimen.

 

Y al igual que sucede con los trabajadores por cuenta ajena, hay dos factores principales que determinarán la cuantía de la pensión de jubilación de un trabajador autónomo:

 

  • Los años cotizados.
  • Las bases de cotización.

 

En el año 2013 se aumentó la edad de jubilación en España de manera que, de manera paulatina, fueran aumentando los meses hasta que en el 2027 la edad establecida de jubilación sean los 67 años.

 

Pero también se tiene en cuenta los años que haya cotizado cuando llegue a la edad anterior (65 años). De esta manera, en este año 2023 si un autónomo con 65 años quiere jubilarse, deberá tener cotizados, 37 años y nueve meses. De lo contrario, ha de esperarse a tener 66 años y cuatro meses.

 
 
Nuevo sistema de cotización para autónomos

Además, este 2023 empezaba con el cambio de la cotización por ingresos reales de los autónomos. Las bases de cotización de los trabajadores por cuenta propia se establecen ahora dependiendo de los rendimientos netos obtenidos. De esta forma, tomando como base los ingresos que hayan conseguido por el desarrollo de su actividad profesional, se sitúa al autónomo en uno de los quince tramos que se han perfilado para ello. Éstos no son más que una tabla en la que se han dividido rangos de ingresos mensuales, para que, a partir de ellos, se fija la base de cotización mínima y máxima. el profesional deberá escoger su tramos en función de la previsión de ingresos que tenga.

 

Se podrá modificar cada dos meses (seis al año), cuando el autónomo prevea que sus ingresos van a variar. En cualquier caso, a final de año, la Seguridad Social deberá regularizar la situación de cada autónomo cuando tenga la información de la Agencia Tributaria, con los rendimientos reales percibidos. El autónomo deberá abonar, en caso de que la cuota sea inferior a los rendimientos percibidos, la diferencia que corresponda.

 

Cuantía de la jubilación del autónomo

Pero cumplida la edad y los años cotizados, ¿cuánto cobrará de pensión de jubilación un autónomo?

 

En líneas generales se toma como referencia los últimos 25 años. Y se divide por 350 las bases de cotización del autónomo de estos años. Una vez calculado, se establece el porcentaje de pensión al que tiene derecho según los años cotizados.

 

El mínimo que debe tener el autónomo (y el establecido para cualquier pensión contributiva) son quince años. Con esto, se accede al 50% de la base reguladora. A partir de estos quince años, se va incrementando 0.21% cada mes cotizado en los 49 primeros meses. Después, los 209 meses siguientes se va añadiendo un 0.19% por cada mes cotizado. Para poder optar al 100% de la pensión, un autónomo ha de haber cotizado, como mínimo, 36 años y seis meses.

 

En la web oficial de la Seguridad social hay un simulador en el que el autónomo puede introducir sus datos y le calcula, de manera aproximada, cuánto cobrará de pensión cada mes. Pero, para poner unos datos estimados, un autónomo que haya cotizado los 36 años y medio por la mínima (que este año son 950,98 euros al mes) tendrá derecho a 815 euros mensuales de pensión. En el caso de haber cotizado por la máxima (que en 2023 está en 4.495,50 euros, le corresponde una pensión de 3.058,81 euros cada mes.

 

Jubilación parcial de los autónomos

Una de las posibilidades que pueden barajar los autónomos es optar por la que se denomina jubilación activa. Se trata de un mecanismo por el cual está permitido que un autónomo cobre la pensión de jubilación, al mismo tiempo que sigue trabajando. Por tanto, compagina ambos ingresos. Para poder acceder a ello, deberá cumplir con los siguientes requisitos:

 

  • Tener, al menos, un año más de la edad ordinaria de jubilación.
  • Tener cotizados los años establecidos para poder cobrar el 100% de la pensión.
  • No haberse beneficiado con anterioridad de bonificaciones en la edad de jubilación.

 

Leer más: https://cincodias.elpais.com/cincodias/2023/08/31/autonomos/1693483500_349781.html

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