¿Qué autónomos quedarían exentos (y cuándo) con las próximas políticas de IVA?

El Ministerio de Hacienda está considerando la implementación de una innovadora iniciativa fiscal que podría eximir a ciertos trabajadores autónomos de la obligación de declarar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Esta propuesta, conocida como el régimen de IVA franquiciado, representa un cambio significativo en la política fiscal española, ya que España es actualmente el único país de la Unión Europea que no ha integrado una medida similar en su legislación tributaria. Sin embargo, esta situación podría cambiar en un futuro cercano.

 

Naturaleza de la propuesta fiscal para autónomos
El Ministerio de Hacienda anunció la apertura de un proceso de diálogo para reformar el sistema fiscal, lo que tendría un impacto considerable en numerosas pequeñas empresas. La propuesta principal en discusión es la implementación de un nuevo sistema que eximiría a ciertos autónomos de la necesidad de declarar el IVA.

 

Este régimen, denominado IVA franquiciado, busca eximir a las empresas con menores ingresos de la presentación de declaraciones trimestrales de IVA.

 

La Unión Europea ha incluido en su legislación varias directivas que permiten a los países aliviar las obligaciones fiscales de los negocios más pequeños. Estas directivas otorgan a los países cierta flexibilidad para establecer sus propias condiciones para acceder al régimen de IVA franquiciado, siempre dentro de ciertos límites.

 

Aunque España aún no ha oficializado esta nueva exención de IVA para autónomos, es posible anticipar algunas de sus características basándose en la normativa comunitaria existente:

 

  • Solo los autónomos y pequeñas empresas con bajos niveles de facturación podrán acogerse a este sistema.
  • Los autónomos que se acojan a este régimen quedarán exentos de declarar IVA y tampoco tendrán que incluirlo en sus precios.

 

Actualmente, España solo ofrece a los autónomos un régimen simplificado de IVA para reducir su carga fiscal y simplificar las declaraciones de impuestos. Sin embargo, la nueva propuesta va más allá, permitiendo a los autónomos liberarse completamente de la obligación de declarar este impuesto indirecto.

 

Cronograma de implementación de la exención de IVA
La propuesta para eximir a los autónomos de declarar el IVA aún se encuentra en fase de negociación. El Ministerio de Hacienda está trabajando con organizaciones de autónomos y expertos fiscales para definir cómo se estructurará el régimen de IVA franquiciado en España.

 
 
Aún no se ha alcanzado un acuerdo definitivo, por lo que no se puede establecer una fecha exacta para la entrada en vigor de esta medida. Sin embargo, el secretario de la Agencia Tributaria, Jesús Gascón, ha proporcionado una visión general del cronograma previsto:

 

  • Hasta finales de 2023: Negociaciones y definición de cómo funcionará el nuevo régimen.
  • Durante 2024: Elaboración y aprobación de las normativas que regularán la medida. Posiblemente se establecerá un sistema transitorio para pasar del régimen simplificado al de franquicias.
  • A principios de 2025: Entrada en vigor de la medida, permitiendo a los autónomos que cumplan con los requisitos dejar de declarar el IVA.

 

Requisitos para la exención de IVA
Aunque el régimen de IVA franquiciado aún no ha sido aprobado en España, es posible anticipar los requisitos que los autónomos deberán cumplir para beneficiarse de esta exención, basándose en la Directiva (UE) 2020/285 del Consejo de 18 de febrero de 2020:

 

  • Residencia en España y realización de la mayoría de las operaciones en territorio nacional.
  • Facturación inferior a 85.000 euros al año.
  • Ser autónomo persona física o pequeña y mediana empresa (pyme).

 

Funcionamiento del régimen de IVA franquiciado
El funcionamiento del régimen de IVA franquiciado es similar a una exención para autónomos y pymes que cumplan con los requisitos establecidos. En España, actualmente solo los profesionales del sector sanitario y educativo están exentos de este impuesto indirecto.

 

Bajo la nueva medida, los beneficiarios del régimen quedarían apartados del impuesto en su actividad profesional. Esto implicaría la exención de la mayoría de las declaraciones y autoliquidaciones que actualmente se presentan periódicamente.

 

Los autónomos acogidos al régimen no tendrían que presentar el modelo 303 o los modelos de liquidación mensual, ni tampoco las declaraciones informativas anuales. Sin embargo, es posible que el Ministerio de Hacienda exija algún tipo de declaración anual para controlar los ingresos y gastos de los empresarios y verificar si cumplen con los requisitos para permanecer en el sistema.

 

Además, la exención del IVA no solo afectaría a la presentación del impuesto, sino que también eximirá a los autónomos y pymes de cobrarlo en sus precios o incluirlo en sus facturas.

 

Leer más: https://cincodias.elpais.com/cincodias/2023/11/02/autonomos/1698913781_447711.html

0
Feed

Dejar un comentario

© 2024 INCREMENTA, CONSULTORIA I GESTIÓ S.L. Todos los derechos reservados
Producido por BeeDIGITAL